ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO INCOADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN CONTRA DE LOS CC. JUAN SANDOVAL ÍÑIGUEZ, ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA “ARQUIDIÓCESIS DE GUADALAJARA”, Y DE HUGO BALDEMAR ROMERO ASCENCIÓN, PRESBÍTERO DE LA “ARQUIDIÓCESIS PRIMADA DE MÉXICO”, ASÍ COMO DE AMBAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS, POR HECHOS QUE CONSIDERA CONSTITUYEN INFRACCIONES AL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SCG/QPRD/CG/053/2010, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN AL RESOLVER EL RECURSO DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SUP-RAP- 70/2011, SUP-RAP-85/2011, E INCIDENTE DE INEJECUCIÓN SUP-RAP- 186/2010, ACUMULADOS.
CG239/2011
Acuerdo
Infracciones y delitos electorales
Justicia electoral
Infracciones y delitos electorales
Compra, coacción e interferencia del voto
Procedimiento sancionador ordinario
Proselitismo, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental personalizada
Intercambio de votos por promesa de paga o dádiva
Difusión de propaganda gubernamental personalizada
Justicia electoral
Infracciones y delitos electorales
Compra, coacción e interferencia del voto
Procedimiento sancionador ordinario
Proselitismo, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental personalizada
Intercambio de votos por promesa de paga o dádiva
Difusión de propaganda gubernamental personalizada
CG239/2011 - Acuerdo de la sesión Extraordinaria del 2011-07-25
- Acuerdos [5008]