ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 12 DE DICIEMBRE DEL 2025 EN EL EXPEDIENTE UT/SCG/PE/LJVM/JL/CHIH/45/2025
UT/SCG/PE/LJVM/JL/CHIH/45/2025
"Brenda Francisca Ríos Prieto, diputada local en Chihuahua por el partido MORENA, realizó su Primer Informe de Actividades Legislativa el 28 de noviembre de 2025 y lo difundió dentro del periodo comprendido del 21 de noviembre al 3 de diciembre del año en curso, mediante dos spots de radio transmitidos en tres estaciones diversas, ante ello, el quejoso refiere que podría constituir una presunta promoción personalizada, con motivo del supuesto incumplimiento a las reglas para la difusión de informe de labores. En el acuerdo se tomó en cuenta que, si la diputada rindió su informe de labores legislativas, el 28 de noviembre de este año y lo difundió en el lapso comprendido del 21 de noviembre al 3 de diciembre del mismo año, es decir 7 días previos al informe y 5 días posteriores al mismo, entonces, no puede reprochársele infracción alguna porque observó estrictamente las disposiciones normativas para tal efecto. Además, existe evidencia clara que la difusión del informe cuestionado fue sufragada con recursos económicos propios de la denunciada, de modo que contrariamente a lo sostenido por el denunciante la Diputada no utilizó recursos públicos para difundir su primer Informe de Labores Legislativas, información que no solo fue corroborada por la propia denunciada sino por las emisoras de radio y por el Congreso del Estado de Chihuahua, a través de su presidenta de la Mesa Directiva. Por lo anterior, se concluyó que el escrito de queja debe desecharse, pues la conducta atribuida a la justiciable no actualiza la promoción personalizada ni el uso indebido de recursos públicos en la difusión del Primer Informe de Labores Legislativas. "
- Desechamientos [212]



