SANCIONES IMPUESTAS A PARTIDO EN LIQUIDACIÓN - DEPPP
Consulta
|Que las sanciones administrativas de carácter económico previamente impuestas a un PPN en liquidación por el Consejo General, el Consejo General de los Organismos Públicos Locales Electorales y/o los Tribunales electorales locales deben ser registradas en la lista de créditos a efecto de que el interventor designado las reconozca y puedan ser pagadas en el orden y prelación señalado en el artículo 395, numeral 1 del RF.
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