ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 24 DE JUNIO DEL 2025 UT/SCG/PE/PEF/DBLG/JD05/COAH/226/2025
UT/SCG/PE/PEF/DBLG/JD05/COAH/226/2025
"La parte denunciante refirió que tuvo conocimiento que en un grupo de Whatsapp denominado Voces del pueblo por la 4t se difundió una imagen de acordeón en favor de distintos candidatos, dentro de la que se encuentra la denunciada, imagen que le fuer reenviada. De igual forma, refirió que se difundió que personas pertenecientes a MORENA debían votar por determinadas candidaturas, para ello aportó una imagen de lo que parece una red social sin dar mayores elementos. . La persona quejosa refirió que no formó parte del grupo Whatsapp denunciado y que solamente una persona le compartió la imagen denunciada, y que ésta no le dio consentimiento para proporcionar sus datos más que su número de teléfono. En ese sentido, se consideró que la quejosa no aportó elementos mínimos de prueba para acreditar los hechos denunciados, pues no aportó indicios suficientes para corroborar el envío del supuesto grupo de Whatsapp, sin que fuera suficiente las imágenes de envió de un perfil de una red social, pues además tampoco aportó enlace electrónico para ser visualizada. De tal suerte que no aportó pruebas de las cuales se advierta de manera inciciara las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados. "
- Desechamientos [185]