RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031425001456 (UT/SADP/25/00104)
INE-CT-ST-R-PDP-0003-2025
Acuerdo
Resolución Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la por la DEA, respecto al registro de que la persona solicitante haya realizado aportaciones al Fondo de Pensiones al ISSSTE del 1 de enero al 30 de abril de 1992 y del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 1992, 1993 y 1994 y, por ende, la imposibilidad de dicha Dirección Ejecutiva para poder elaborar la Hoja Única de Servicios relativa a esos periodos. Segundo. Comuníquese a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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