ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 16 DE JUNIO DEL 2025 UT/SCG/PE/PEF/IOPM/JD11/MICH/146/2025
UT/SCG/PE/PEF/IOPM/JD11/MICH/146/2025
Desechamiento
"Del material probatorio aportado por la persona denunciante y del recabado por esta autoridad, no es posible advertir una posible vulneración a la normativa electoral, es decir, no se advierten elementos, ni siquiera de manera indiciaria, que el contenido de las publicaciones cuestionadas se relacione o se haya tratado de eventos organizados por miembros del sector público, privado o social con el candidato denunciado en formato de Foro de debate, pues, como se aprecia de las publicaciones materia de la denuncia, preliminarmente, es posible inferir que los eventos controvertidos se trataron de espacios académicos de difusión y reflexión, donde se reunieron diversos candidatos con población estudiantil, personal académico y personas interesadas en la reforma al poder judicial, así como espacios de acercamiento de las personas candidatas a quien tenga interés. En ese sentido, la asistencia del candidato denunciado a los eventos materia de la denuncia obedeció a las invitaciones que le fueron extendidas, a través de convocatorias abiertas a las candidaturas registradas, y su participación trató de pláticas o conversatorios que sostuvo el candidato, junto con otras personas candidatas, con el público general y con personas de la comunidad estudiantil y académica de instituciones educativas, o bien con personas interesadas en los temas, en consecuencia, no deben ser catalogadas como foros de debate. Ahora bien, respecto del evento organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana; de la sola revisión de la publicación y de las diligencias desplegadas por esta autoridad electoral, es posible inferir que el evento controvertido se trató de un evento de carácter académico.
- Desechamientos [186]