ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 01 DE JUNIO DEL 2025 UT/SCG/PE/PEF/MC/CG/200/2025
UT/SCG/PE/PEF/MC/CG/200/2025
"El partido Movimiento Ciudadano carece de legitimación para presentar la denuncia por hechos vinculados con el PEEPJF 2024-2025, en atención a lo siguiente: La CPEUM en su artículo 96, señala que, los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de candidatura alguna... De igual forma, en su Transitorio, Segundo. Establece entre otras cuestiones que, (…) Las y los consejeros del Poder Legislativo y las y los representantes de los partidos políticos ante el Consejo General no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas a este proceso.… La jornada electoral se celebrará el primer domingo de junio del año 2025. Podrán participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el Instituto, con excepción de representantes o militantes de un partido político. Asimismo, la LGIPE, en su artículo 506, párrafo 1, señala que, los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar ningún acto de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna. Queda prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución. "
- Desechamientos [185]