ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 01 DE JUNIO DEL 2025 UT/SCG/PE/PEF/IOPM/JD11/MICH/151/2025
UT/SCG/PE/PEF/IOPM/JD11/MICH/151/2025
Acuerdo
Del material probatorio aportado por la persona denunciante no es posible advertir una posible vulneración a la normativa electoral, ya que, si bien se celebraron los eventos controvertidos, lo cierto es que, dadas sus particularidades, estos pueden ser considerados como un acto de campaña (Reunión con Abogados de Tlaxcala en el foro “Derecho Humano a la Justicia y la Participación Ciudadana”) y como una actividad académica (Reunión en la Universidad Iberoamericana). Asimismo, en el caso, no se advierten elementos, ni siquiera de manera indiciaria, que el contenido de las publicaciones cuestionadas se relacione o se hayan tratado sobre un evento prohibido por la legislación electoral, en tanto que, no se trató de foros de debate.
- Desechamientos [185]