REGISTRO DE EGRESOS Y PRESTAMOS BANCARIOS.
Consulta
Que cuenta bancaria, la cual, entre otras características deberá utilizarse de manera exclusiva para las actividades de la campaña, debiendo registrar en dicho mecanismo sus ingresos y egresos durante el periodo de campaña con la documentación que los soporte.
Que se cuenta con la libertad para obtener créditos con las instituciones del sistema financiero mexicano o, si es el caso, a través de préstamos vía nómina.
Que el crédito o préstamo deberá ser liquidado, a más tardar, dos días antes de que la COF discuta y apruebe los dictámenes correspondientes a la revisión de gastos de campaña de las personas juzgadoras, es decir, el martes 15 de julio del 2025. Asimismo, se deberá demostrar que el pago del referido crédito o préstamo tenga como origen los recursos propios de la persona candidata a juzgadora.
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