ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL UT-SCG-PE-PEF-DATOPROTEGIDO-JLE-CM-60-2025
UT/SCG/PE/PEF/DATOPROTEGIDO/JLE/CM/60/2025
Acuerdo
En efecto, del análisis del contenido, se tiene que hace alusión a una reunión de trabajo que tuvo en su oficina con personal adscrito a su ponencia, tal como se lee en dicha publicación Hoy tuve reunión con las secretarias de estudio y cuenta para revisar los asuntos turnados a mi ponencia, lo cual fue corroborado por el propio candidato denunciado, de ahí que de su contenido no se advierte relación alguna con el proceso electoral extraordinario en el que participa como candidato, sin que sea óbice señalar que, la publicación es de dieciocho de marzo del año en curso, es decir, en fecha anterior al inicio de las campañas para el proceso electoral en curso. En consecuencia, esta autoridad arriba a la conclusión de que no se cuenta con elementos o motivos que resulten suficientes para, legal y razonablemente, sustanciar un procedimiento administrativo sancionador por la conducta específica que se pretende atribuir a la parte denunciada, ya que, como se dijo, el contenido en el que se aprecia la imagen de la persona denunciada obedece al ejercicio de las funciones inherentes al cargo que actualmente desempeña.
- Desechamientos [188]