ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 15 DE MAYO DE 2025 UT/SCG/PEVPG/PEF/DATOPROTEGIDO/JD08/OAX/7/2025
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UT/SCG/PEVPG/PEF/DATOPROTEGIDO/JD08/OAX/7/2025
Desechamiento
Se actualiza la notoria improcedencia de la queja, toda vez que los hechos que se denuncian, esto es las publicaciones realizadas en diversos enlaces de la red social Facebook, que fueron objeto de certificación por parte de la Oficialía Electoral de este INE, no se relacionan con acciones u omisiones en contra de las mujeres basadas en elementos de género, lo que impide a esta autoridad electoral admitir el procedimiento especial sancionador en que se actúa por la presunta comisión de violencia política en razón de género contra la denunciante; ello, se insiste, al carecer de los elementos mínimos que permitan, desde una óptica preliminar, advertir la presencia de conductas ilícitas en la materia. Ello porque como ha sido señalado, de las publicaciones denunciadas como presuntamente constitutivas de VPMRG, no se advierte la afectación a los derechos políticos electorales de la denunciante como candidata a un cargo de elección popular dentro del proceso electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que esta UTCE considera que la queja debe desecharse de plano

Fecha de registro: 11 de abril de 2025Fecha de desechamiento: 15 de abril de 2025
Parte denunciante: Dato protegido
Parte denunciada: Quien resulte responsable
Hechos denunciados: La persona con dato protegido, quien por su propio derecho y en su calidad de candidata a jueza mercantil federal del Décimo Tercer Circuito del estado de Oaxaca, denuncia a distintas páginas y grupos de la red social Facebook de Meta Platform Inc., en las cuales se emiten señalamientos falsos, difamatorios y malintencionados en su contra, los cuales presumiblemente constituyen violencia política contra las mujeres en razón género (VPMRG)
Motivación del desechamiento: 2.2. ACDO DESECH PEVPG PEF 7-2025 FE.pdf
- Desechamientos [188]