ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 28 DE ABRIL DE 2025 UT/SCG/PE/PEF/DATOPROTEGIDO/CG/54/2025
UT/SCG/PE/PEF/DATOPROTEGIDO/CG/54/2025
Desechamiento
Fecha de registro: 28 de abril de 2025
Fecha de desechamiento: Parte denunciante: 28 de abril de 2025
[DATO PROTEGIDO]
Parte denunciada: Luis Enrique García de la Mora, candidato a Magistrado de Circuito en Materia Administrativa en el Distrito 3 Benito Juárez y Alvaro Obregón. ADN40, canal noticioso de Televisión Azteca. En su Transmisión de Televisión abierta y restringida a través de Sky y Totalplay Plataformas digitales tales como: PrimeVideo, Channels, Amazon Alexa, Roku, Directv go, apple tv, samgsung tv plus. Redes sociales x, youtube.
Hechos denunciados: El pasado viernes 25 de abril de 2025, aproximadamente a las 21:15 horas, el canal ADN40, medio noticioso de Televisión Azteca con cobertura en la Ciudad de México, transmitió, dentro del programa "ADN Noticias en Vivo con Hannia Novel", un reportaje en el que se incluyó una entrevista a diversas personas, entre ellas al candidato Luis Enrique García de la Mora. La finalidad aparente de su participación era conocer su opinión crítica respecto a la propuesta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones presentada por la Presidenta Claudia Sheinbaum. Sin embargo, de manera artificiosa, se dio espacio en televisión abierta a un candidato a magistrado de circuito en materia administrativa, situación que resulta improcedente. El reportaje abordaba un tema eminentemente técnico en materia de telecomunicaciones, por lo que no se justificaba la inclusión de la opinión de una persona que actualmente participa en un proceso de designación judicial. La participación del candidato carecía, por tanto, de fundamento técnico y respondía a intereses ajenos a la naturaleza del contenido informativo, lo que evidencia una utilización indebida de los medios de comunicación en perjuicio de la imparcialidad que debe prevalecer en este tipo de espacios.
Motivación del desechamiento: De la sola reproducción del video, de manera evidente, no se advierte que se pretenda posicionar al candidato denunciado, tampoco se observa alguna referencia a la materia electoral. No se presenta al denunciado como candidato en el Proceso Electoral en curso, además que en el reportaje se advierte la participación de otras personas, que dan su opinión en materia de telecomunicaciones. En cuanto a que el reportaje se difundió en televisión abierta y restringida, el quejoso no indicó las circunstancias de modo, tiempo y lugar en la que, a su decir, se realizó esa supuesta transmisión.
- Desechamientos [188]