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ACUERDO DE DESECHAMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL 17 DE FEBRERO DE 2025 UT/SCG/PE/PEF/JEML/JL/CHIH/3/2025


SUP-REP-29/2025


UT/SCG/PE/PEF/JEML/JL/CHIH/3/2025

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral

Desechamiento

2025-02-17

Articulo 134 CPEUM Buscar en Repositorio Documental - INE

Fecha de registro: 17 de febrero de 2025
 
Fecha de desechamiento: Parte denunciante: José Edgardo Motta Lara
 
Parte denunciada: Magistrada Marcela Elena Fernández Domínguez, actual Magistrada de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación y candidata a ocupar nuevamente el cargo. 
 
Hechos denunciados: En las páginas oficiales de la Sala Regional Toluca, se encuentran disponibles diversos materiales que promocionan a la Magistrada denunciada, incluyendo su nombre, imagen, trayectoria, logros, entrevistas y retransmisiones de sesiones públicas en el canal de YouTube, mismos que han sido utilizados y difundidos en sus redes sociales personales, generando con ello inequidad en la contienda frente al resto de aspirantes. Además, se tiene conocimiento de que la candidata hace uso indebido de recursos públicos, tales como presupuesto destinado a viáticos y comisiones oficiales, para trasladarse a diversas comunidades con el objetivo de mantener acercamiento con la ciudadanía. Se advierte que la aspirante ha incurrido en actos anticipados de campaña, ya que ha realizado promoción indebida a su favor antes del periodo permitido para tales efectos, utilizando además recursos públicos para ello.
 
Motivación del desechamiento: Las publicaciones denunciadas, realizadas en redes sociales y en el portal de internet de la Sala Regional Toluca del TEPJF, se realizaron en apego a sus funciones y obligación de dar transparencia y publicidad a sus actividades. Sin advertirse de su contenido temas relacionados con aspiraciones electorales. Lo anterior, con base en la Jurisprudencia 38/2013, en la que, el TEPJF sostuvo que la intervención de las personas servidoras públicas en actos relacionados o con motivo de las funciones inherentes al cargo, no vulnera los principios de imparcialidad, y equidad.
 

https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/183098

  • Desechamientos [188]

UT-SCG-PE-PEF-JEML-JL-CHIH-3-2025.pdf (1.486Mb)

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