ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA CONSTATAR QUE LAS PERSONAS CANDIDATAS A CARGOS EN EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 NO HAYAN INCURRIDO EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 38, FRACCIONES V, VI Y VII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, O DEL ARTÍCULO 442 BIS, EN RELACIÓN CON EL 456, NUMERAL 1, INCISO C), FRACCIÓN III DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.
Acuerdo
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el procedimiento a seguir para constatar que las personas candidatas a cargos en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 no hayan incurrido en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracciones V, VI y VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o del artículo 442 bis, en relación con el 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
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