LINEAMIENTOS DEL MEFIC SOBRE GASTOS DE CAMPAÑA
Consulta
Que se informa en primer lugar que de conformidad con el artículo 21 de los Lineamientos del PJ las personas candidatas a juzgadoras deberán realizar los registros de sus gastos en el MEFIC en tiempo real, entendiéndose por tiempo real, el registro de sus egresos desde el momento en que ocurren, se pagan o se pactan y hasta tres días posteriores a su realización.
Que en virtud de que erogó gastos con anterioridad al inicio de su campaña se informa que, si puede registrar el gasto correspondiente con la documentación comprobatoria necesaria, a efecto de que en el momento oportuno la Unidad Técnica de Fiscalización valore la documentación adjunta al informe único de gastos y determine si hay observaciones por subsanar, lo anterior considerando el momento en que estuvo en posibilidad de registrar los gastos realizados.
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