DECLARACIÓN DE EGRESOS E INGRESOS Y TRANSICIÓN DE PUESTO.
Consulta
Que el Glosario de los Lineamientos del PJ, define al informe de capacidad económica, como “Informe en el que se detallan los ingresos y egresos de la persona candidata a juzgadora del año calendario inmediato anterior al que se realice el proceso electoral del Poder Judicial, sea Federal o Local”.
Que se encuentra obligada a reportar los ingresos percibidos por ambos cargos en el MEFIC a efecto de dar cabal cumplimiento al inciso f) del artículo 8 de los Lineamientos del PJ.
Que contemplando el supuesto de que aún no presenta su declaración de modificación patrimonial, se informa que le asiste la potestad para presentar ante el Portal de DeclaraNet su modificación de declaración patrimonial en el mes de mayo, por ser servidora pública y en su oportunidad esté en condiciones de cargar al sistema MEFIC la documentación requerida a efecto de dar cumplimiento al inciso d) del artículo 8 de los Lineamientos del PJ y no sea motivo de observaciones por parte de la UTF.
Que la documentación soporte referida en el ordenamiento legal en cita, no señala como requisito imperioso que sea un estado de cuenta bancario, por tanto, la comprobación de esta información puede realizarse con documento idóneo que contenga, información de la cuenta bancaria, número de cuenta, número de CLABE, así como la institución bancaria de dicha cuenta, por tanto si el contrato aludido contiene dichos elementos, este puede fungir como el soporte documental requerido por el articulo el artículo 8 de los Lineamientos del PJ.
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