REGISTRO DE EROGACIONES EN EFECTIVO DURANTE LA CAMPAÑA DEL PODER JUDICIAL
Consulta
Que que las erogaciones en efectivo podrán ser realizadas siempre y cuando se respeten los límites individuales y globales y que todos los gastos relacionados con la campaña deberán ser soportados con los respectivos comprobantes, con todos los requisitos establecidos por las leyes fiscales, incluyendo los archivos XML, expedidos a nombre de la persona candidata a juzgadora.
Que,durante el desarrollo de las campañas, las personas candidatas a juzgadoras podrán realizar pagos en efectivo, hasta por un monto total de 20 UMA por operación, siempre y cuando el conjunto de éstos no rebase el diez por ciento (10%) del tope de gastos personales.
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