APORTACIÓN DE TERCEROS DURANTE PROCESO ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL
Consulta
Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 30 de los Lineamientos para la fiscalización de los PEPJFyL, en su párrafo último señala que todos los gastos deberán efectuarse del propio patrimonio de la persona candidata a juzgadora y serán de carácter personal.
Que en su campaña únicamente podrán erogarse recursos de su propio patrimonio, sin considerar los ingresos de su esposo o cualquier persona, pues tal actuar sería contrario a lo estipulado en la normatividad.
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