NORMATIVAS SOBRE APOYO DE ASOCIACIONES, SINDICATOS Y USO DE RECURSOS FINANCIEROS EN LA CAMPAÑA ELECTORAL
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|Los sindicatos y asociaciones de cualquier índole no pueden brindar apoyo a las personas candidatas. | No están contemplados los conceptos de gasto por concepto de perifoneo. | No existe prohibición para el uso de tarjetas de crédito, además de se cuenta con la libertad para obtener créditos con las instituciones del sistema financiero mexicano o, si es el caso, a través de préstamos vía nómina, debiendo demostrar que el pago del crédito o préstamo deberá ser liquidado, a más tardar, dos días antes de que la COF discuta y apruebe los dictámenes correspondientes a la revisión de gastos de campaña de las personas juzgadoras, es decir, el martes 15 de julio del 2025.
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