CONTRATACIÓN DE PERSONA DE APOYO
Consulta
|Que referente a contratar personal de apoyo que actualmente realiza sus prácticas judiciales en el Tribunal de su adscripción, en el desarrollo de su campaña, se informa que, siempre y cuando dicha persona no se encuentre laborando para el Tribunal de su adscripción bajo cualquier modalidad, ya sea honorarios, base presupuestal o cualquier otra mediante la cual perciba recursos por parte de dicho Tribunal, durante las campañas electorales las personas candidatas a juzgadoras podrán erogar gastos por concepto de pago al personal de apoyo a las actividades de campaña de conformidad con la fracción IV del artículo 30 de los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial de la Federación y Locales , referente al posible conflicto de interés o violación a las disposiciones del procedimiento electoral, se informa que las personas candidatas serán acreedoras a las sanciones establecidas en el artículo 52 de los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial de la Federación y Locales
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