USO DE REDES SOCIALES, FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑA, RESTRICCIONES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y ORGANIZACIÓN DE FOROS DURANTE EL PROCESO ELECTORAL
Consulta
|Que respecto a su cuestionamiento marcado con el numeral 1, se informa que el MEFIC permite la adición de múltiples redes sociales, por ende, las personas candidatas podrán registrar y seleccionar más de una plataforma en el sistema. | Deberá declarar o informar una cuenta bancaria a nombre de la persona candidata a juzgadora, nueva o preexistente, a través de la cual realizará, de manera exclusiva, las erogaciones de los gastos permitidos para las actividades de campaña por lo que, iniciada la campaña solo se usará una cuenta bancaria y no se podrá cambiar. Por cuanto hace a sus cuestionamientos marcados con los numerales 3, 4, 5, 6, 8, y 10, deberá estar a lo dispuesto en el Acuerdo INE/CG332/2025.
- Consultas [991]