PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE INGRESOS Y GASTOS EN EL MEFIC, INCLUYENDO FONDOS DE AHORRO Y CUENTAS BANCARIAS DURANTE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Consulta
|Que una vez iniciada sesión en el MEFIC, posterior a un periodo de inactividad, el sistema se cierra de manera automática a efecto de mitigar riesgos asociados a vulneraciones de datos o accesos indebidos, de acuerdo con la normatividad electoral, deberá registrar la totalidad de sus ingresos incluido el fondo de ahorro personal, a efecto de que la UTF pueda desplegar sus funciones a efecto de conocer su capacidad económica, se podrá usar una de sus cuentas bancarias preexistentes con la única salvedad de que esta no podrá ser usada durante la campaña para fines distintos a la propia campaña, que los gastos realizados por la persona candidata juzgadora, deberán ser pagados mediante la cuenta de campaña registrada en el MEFIC, a efecto de que la autoridad esté en condiciones ejecutar sus atribuciones en materia a de fiscalización.
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