RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031425000650 (UT/SADP/25/00054)
INE-CT-R-PDP-0021-2025
Resolución
Resolución. Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la UTSI, respecto del numeral 2 de la solicitud, en los términos analizados en el apartado E de esta resolución. Segundo. Entréguese a la persona titular, de manera personal, previa acreditación de su identidad, las respuestas de la UTTyPDP y de la UTSI con la información que proporcionan, señalada en el pronunciamiento previo de la presente resolución. Tercero. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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