RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031425000517 (UT/25/00469)
INE-CT-R-0047-2025
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta que emitió el área DEAJ, considerada como pública. Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área de la DEAJ (totalidad de la solicitud). Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante los tres poderes de la Unión, a la Cámara de Senadores y a los tres poderes de la Ciudad de México. Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [2041]