RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031425000267 (UT/SADP/25/00020)
INE-CT-R-PDP-0014-2025
Resolución
Resolución. Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la DEA, respecto de los numerales 1 y 3 de la solicitud, en los términos analizados en el apartado E de esta resolución, toda vez que no se encuentran en posesión del INE. Segundo. Entréguese a la persona titular, de manera personal, previa acreditación de su identidad, la respuesta de la DEA con la información que proporciona, señalada en el pronunciamiento previo de la presente resolución. Tercero. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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