REGLAS PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN MATERIA DE PROPAGANDA Y MENSAJES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 Y, EN SU CASO, PARA LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS QUE DE ESTE DERIVEN.
Acuerdo
Del aviso de privacidad 9. Los sujetos obligados que utilicen la imagen de niñas, niños y adolescentes en propaganda político-electoral, mensajes o que soliciten su participación en propaganda electoral, mensajes y actos de las personas aspirantes y personas candidatas a juzgadoras para exhibir su imagen en cualquier medio de difusión, a partir del momento en el cual recaben los datos personales de aquéllos, deberán proporcionar a su madre y padre, tutor o quien ostente la patria potestad, el aviso de privacidad correspondiente, con el objeto de informarles los propósitos del tratamiento de los mismos, en términos de la normatividad aplicable
- Acuerdos [2122]