RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031424004351 (UT/SADP/24/00275)
INE-CT-R-PDP-0039-2024
Resolución
Resolución. Primero. Se confirma la no procedencia del derecho declarada por la DEA respecto al ejercicio del derecho de acceso a los datos personales (expedición de la Hoja Única de Servicios), por existir un impedimento legal, conforme al apartado D de la presente resolución. Segundo. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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