RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424004033 (UT/24/03817)
INE-CT-R-0460-2024
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DJ y SE, consideradas como públicas. Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DJ y SE. Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición a la Presidencia de la República, el Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senado de la República), la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la legislatura local de la Ciudad de México, quienes podrían contar con la información requerida en su solicitud. Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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