PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE SANCIONES CON CARGO A LA MINISTRACIÓN DE PARTIDOS POR EL RETIRO DE PROPAGANDA ELECTORAL
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Que es competencia exclusiva del IEEN la ejecución de sanciones impuestas por el INE en materia de fiscalización en el ámbito local. Que de conformidad con los acuerdos INE/CG61/2017 e INE/CG626/2022, el limite permisible para la retención de ministraciones a los partidos políticos locales por multas y/o sanciones, no debe rebasar el 50% del financiamiento público mensual de sus actividades ordinarias.
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