PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR LA ASOCIACIÓN CIVIL CREADA PARA PARTICIPAR POR UNA CANDIDATURA DE ELECCIÓN POPULAR
Consulta
Que las Asociaciones Civiles creadas para la postulación de personas aspirantes a candidaturas independientes solo podrán disolverse al cumplir todas las obligaciones contraídas y cumpliendo lo expresamente señalado en el artículo 17 del Modelo Único para Asociaciones Civiles, previa autorización que realice la Secretaría Ejecutiva del INE, por lo que se sugiere dirigir la solicitud a dicha área.
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