INE
Agenda Consejeros(as) Transmisiones en vivo
logotipo
Sobre el INE Credencial para votar Cultura Cívica Voto y Elecciones Servicios
logo-ine
  • Agenda Consejeros (as)
  • Transmisiones en vivo
  • Sobre el INE
  • Credencial para Votar
  • Cultura Cívica
  • Voto y Elecciones
  • Servicios
Ver ítem 
  •   Repositorio Documental
  • 2. Órganos Colegiados
  • Comisiones del Consejo General
  • Comisiones Permanentes
  • Comisión de Quejas y Denuncias
  • Acuerdos
  • Ver ítem
  •   Repositorio Documental
  • 2. Órganos Colegiados
  • Comisiones del Consejo General
  • Comisiones Permanentes
  • Comisión de Quejas y Denuncias
  • Acuerdos
  • Ver ítem
JavaScript is disabled for your browser. Some features of this site may not work without it.

ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO MORENA, EN CONTRA DE VICENTE FOX QUEZADA, POR LA PUBLICACIÓN DE CONTENIDOS QUE PUDIERAN CONTRAVENIR EL PERIODO DE VEDA ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL EN CURSO, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/980/PEF/1371/2024.


ACQyD-INE-274/2024

Comisión de Quejas y Denuncias

Acuerdo

2024-05-31

Justicia electoral Buscar en Repositorio Documental - INE
Procedimiento especial sancionador Buscar en Repositorio Documental - INE

PRIMERO. Es improcedente la medida cautelar solicitada por MORENA, al tratarse de actos consumados, bajo los argumentos y consideraciones del inciso A), numeral II, del considerando CUARTO, de la presente resolución. SEGUNDO. Es procedente la medida cautelar solicitada por MORENA, para que se eliminen de inmediato de las publicaciones denunciadas, bajo los argumentos y consideraciones del inciso B), numeral II, del considerando CUARTO, de la presente resolución. TERCERO. Se ordena a Vicente Fox Quesada, en un plazo que no podrá exceder de una hora contada a partir de la legal notificación de la presente determinación, elimine de su perfil verificado de la red social X (antes Twitter), las publicaciones alojadas en los siguientes enlaces electrónicos: • https://x.com/VicenteFoxQue/status/1796193880943034852 • https://x.com/VicenteFoxQue/status/1796221305077047690 • https://x.com/VicenteFoxQue/status/1796244980299874637 • https://x.com/VicenteFoxQue/status/1796337432625123364 Así como de cualquier otra plataforma por medio de la cual se hayan difundido, e informe a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de su cumplimiento, dentro de un plazo que no podrá exceder de una hora siguiente, el cumplimiento a lo anterior CUARTO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, solicitadas por el partido político quejoso, conforme a lo señalado en el inciso C), numeral II del considerando CUARTO, de la presente resolución. QUINTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. SEXTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/171849

  • Acuerdos [2122]

ACQyD-INE-274-2024-PES-980-2024.pdf (750.3Kb)

Cita

Cómo citar

Cómo citar

Miniatura

Thumbnail

Gestores Bibliográficos

Buscar en google Schoolar

untranslated

Accesibilidad

Páginas principales

  • Sobre el INE
  • Credencial para votar
  • Voto y Elecciones
  • Actores Políticos
  • Cultura Cívica
  • Trabaja en el INE
  • Internacional
  • Fizcalización
  • Estructura INE
  • Mapa del sitio

Sitios de Interés

  • Central Electoral
  • Norma INE
  • Gaceta Electoral
  • Igualdad
  • Voto en el Extranjero
  • Servicios
  • Código de Ética y Conducta
  • Directorio
  • TEPJF
  • FGR
  • FISEL
  • Sitio anterior del INE
declaracion-accesibilidad Declaración de Accesibilidad WCAG 2.0
logo-igualdad
HRC-equidad-MX

INE

© Derechos Reservados, Instituto Nacional Electoral, México.

Oficinas Centrales

Viaducto Tlalpan No. 100 Col. Arenal Tepepan, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14610, Ciudad de México.

Llamanos

Desde cualquier parte del país sin costo: 800 433 2000.

Desde Estados Unidos sin costo: 1 (866) 986 8306.

Desde otros países por cobrar: +52 (55) 5481 9897.

O también a través de correo electrónico: inetelmx@ine.mx

Inklusion
Loading