ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DE GERMÁN MARTÍNEZ CÁZARES, DERIVADO DE LA PRESUNTA ADQUISICIÓN DE TIEMPO EN RADIO, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/950/PEF/1341/2024
ACQyD-INE-268/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es procedente la medida cautelar solicitada para que Germán Martínez Cázares, candidato a Diputado Federal suspenda sus intervenciones en el programa denunciado, bajo los argumentos y consideraciones del inciso A), numeral II, del considerando CUARTO, de la presente resoluciónSEGUNDO. Se ordena a Germán Martínez Cázares, candidato a Diputado Federal suspenda sus intervenciones en el programa denominado “Ciro Gómez Leyva por la mañana” mientras se desarrolla el periodo de reflexión y jornada electoral del Proceso Electoral Federal 2023-2024, bajo los argumentos y consideraciones del inciso A), numeral II, del considerando CUARTO, de la presente resolución. TERCERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, solicitadas por el partido político quejoso, conforme a lo señalado en el inciso B), numeral II del considerando CUARTO, de la presente resolución. CUARTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. QUINTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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