ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DERIVADO DE LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA CALUMNIOSA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PT/CG/913/PEF/1304/2024.
ACQyD-INE-251/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido del Trabajo, respecto de la difusión del promocional denunciado con folio RA02753-24, en términos de los argumentos esgrimidos en el numeral IV del considerando CUARTO, del presente Acuerdo. SEGUNDO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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