PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE ANTE INE PARA TENER POR CANCELADAS O BLOQUEADAS LAS CUENTAS BANCARIAS DEL PRD
Consulta
| Que la apertura de cuentas bancarias es una obligación de los partidos políticos para estar en posibilidad de recibir las ministraciones mensuales por concepto de financiamiento público, de conformidad con el articulo 54 y 96 del RF. |Que los partidos políticos tienen la obligación de avisar al UTF la cancelación de una cuenta bancaria y remitir oportunamente la documentación correspondiente proporcionada por la institución bancaria. |Se reitera la inexistencia de algún procedimiento para modificar el estatus de las cuentas bancarias del PRD a “bloqueadas”, de ahí que el IECM en uso de las facultades que le otorga la CPEUM deba tomar las previsiones necesarias para, en su caso, actuar conforme a la normativa electoral.
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