ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA NECESIDAD DEL DICTADO DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL, POR LA POSIBLE VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD EN LA INTEGRACIÓN O CONFORMACIÓN DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES QUE PARTICIPARÁN DE CARA A LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERAL Y LOCALES 2023- 2024, DICTADO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO SANCIONADOR OFICIOSO UT/SCG/Q/CG/169/2023
ACQyD-INE-22/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es procedente la adopción de medidas cautelares en contra de las personas que a continuación se enlistan, aspirantes al cargo de supervisor/a electoral y/o capacitador/a asistente electoral en los términos y por las razones establecidas en el considerando CUARTO, de la presente resolución. No. Persona denunciante 1 Oscar Aguayo Aguayo 2 Francisco Javier García Gonzalez 3 Sonia Martínez Avilés 4 Diana Montserrat Ramos González 5 César Valero Salazar 6 Raúl González Covarrubias 7 Fabián Fernando Pérez Navarro 8 Milba López Sánchez 9 Rosalina Juárez Gonzalez 10 Carlos Álvarez Solano 11 Saúl David Medina Rojas 12 Claudia Patricia Jiménez Vázquez 13 María Fernanda García Hernández 14 Martha Edith Molina Esquivel 15 Laura Olvera Hernández 16 José Javier Solís Valencia SEGUNDO. Se impide a las personas mencionadas en el cuadro del punto que precede, personas aspirantes a los cargos de supervisores/as electorales y capacitadores/as-asistentes electorales, continuar con el procedimiento de reclutamiento y contratación respectivo, hasta en tanto se resuelva en definitiva el procedimiento ordinario instruido. Lo anterior, porque, de permitirlo, y resultar inexistente la infracción a cargo del instituto político, se violarían en perjuicio de la función electoral, los principios de imparcialidad e independencia, al haberse permitido que una persona con filias partidista intervenga directamente en la organización y conducción del proceso electoral. TERCERO. Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, así como a las juntas distritales y locales de este Instituto, de los distritos y entidades que se citan en la tabla inserta abajo la presente determinación, para los efectos que en el ámbito de sus atribuciones correspondan, tendentes a cumplir con lo ordenado en la presente determinación. No. Persona involucrada Junta Distrital 1 Oscar Aguayo Aguayo 12 Jalisco 2 Francisco Javier García Gonzalez 03 Jalisco No. Persona involucrada Junta Distrital 3 Sonia Martínez Avilés 06 Hidalgo 4 Diana Montserrat Ramos González 12 Ciudad de México 5 César Valero Salazar 11 Jalisco 6 Raúl González Covarrubias 11 Jalisco 7 Fabián Fernando Pérez Navarro 11 Jalisco 8 Milba López Sánchez 21 Ciudad de México 9 Rosalina Juárez González 12 Ciudad de México 10 Carlos Álvarez Solano 10 Ciudad de México 11 Saúl David Medina Rojas 29 Estado de México 12 Claudia Patricia Jiménez Vázquez 17 Estado de México 13 María Fernanda García Hernández 17 Ciudad de México 14 Martha Edith Molina Esquivel 02 Morelos 15 Laura Olvera Hernández 07 Estado de México 16 José Javier Solís Valencia 16 Ciudad de México CUARTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. QUINTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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