ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA NECESIDAD DEL DICTADO DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL, POR LA POSIBLE VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD EN LA INTEGRACIÓN O CONFORMACIÓN DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES QUE PARTICIPARÁN DE CARA A LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERAL Y LOCALES 2023- 2024, DICTADO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO SANCIONADOR OFICIOSO CITADO AL RUBRO.
ACQyD-INE-8/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es PROCEDENTE la adopción de medidas cautelares en contra de las diecisiete personas que se citan a continuación, aspirantes al cargo de supervisor/a electoral y/o capacitador/a asistente electoral en los términos y por las razones establecidas en el considerando CUARTO, de la presente resolución. N° Personas 1 Eduardo García Rodríguez 2 María de los Ángeles Rodríguez Manjarrez 3 Elizabeth Angelina Vázquez Garibay 4 Erick Gustavo Luna Gallardo 5 Laura Cecilia Zagal Peralta 6 Mitzi Ketzali Morales Mora 7 Cynthia Elizabeth Martínez Millán 8 Gisela Shirel Chávez Porcayo 9 Karen Chávez Porcayo N° Personas 10 Susana Valeria Flores Baeza 11 José Alberto Hernández Mojica 12 Adriana Moreno Herrera 13 María de Jesús González Núñez 14 Pamela Margarita Carreón Cárdenas 15 Miguel Ángel Rosas Rodríguez 16 Jonathan Salvador Reyes Zamarrón 17 Itzia Daniela Tlahuis Nonato SEGUNDO. Se impide a las diecisiete personas aspirantes a los cargos de supervisores/as electorales y capacitadores/as-asistentes electorales antes referidas, continuar con el procedimiento de reclutamiento y contratación respectivo, hasta en tanto se resuelva en definitiva el procedimiento ordinario instruido. Lo anterior, porque, de permitirlo, y resultar inexistente la infracción a cargo del instituto político, se violarían en perjuicio de la función electoral, los principios de imparcialidad e independencia, al haberse permitido que una persona con filias partidista intervenga directamente en la organización y conducción del proceso electoral. TERCERO. Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, así como a las juntas distritales y locales de este Instituto, de los distritos y entidades que se citan en la tabla inserta abajo la presente determinación, para los efectos que en el ámbito de sus atribuciones correspondan, tendentes a cumplir con lo ordenado en la presente determinación. Junta Local y/o Distrital del Instituto Nacional Electoral Personas 10 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en la Ciudad de México Eduardo García Rodríguez María de los Ángeles Rodríguez Manjarrez Elizabeth Angelina Vázquez Garibay Erick Gustavo Luna Gallardo 01 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en Morelos Laura Cecilia Zagal Peralta Mitzi Ketzali Morales Mora Cynthia Elizabeth Martínez Millán Gisela Shirel Chávez Porcayo Karen Chávez Porcayo Junta Local y/o Distrital del Instituto Nacional Electoral Personas 17 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en el Estado de México Susana Valeria Flores Baeza José Alberto Hernández Mojica Adriana Moreno Herrera 14 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en la Ciudad de México María de Jesús González Núñez Pamela Margarita Carreón Cárdenas Miguel Ángel Rosas Rodríguez Jonathan Salvador Reyes Zamarrón Itzia Daniela Tlahuis Nonato CUARTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. QUINTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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