PETICIÓN SE LE INDIQUE AL IEEPCO QUE EL COBRO DE LOS REMANENTES LO REALICEN EN CINCO PARCIALIDADES
Consulta
Que el reintegro de los remanentes del financiamiento público de campaña determinados en la resolución INE/CG307/2017 y el acuerdo INE/CG232/2023 deberá realizarse de conformidad con el procedimiento establecido en los acuerdos INE/CG61/2017 e INE/CG345/2022, los cuales se encuentran firmes. Que el cobro de reintegro de remanentes de campaña no puede exceder del 50% (cincuenta por ciento) del financiamiento público mensual que reciban los institutos para el desarrollo de sus actividades ordinarias y en caso de que el remanente total a reintegrar sea superior al 50% de la ministración mensual, el OPLE deberá aplicar retenciones necesarias hasta alcanzar el monto total del remanente determinado.
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