SOLICITA SE LE INDIQUE SI DEBE RECONOCER EN LISTA DE ACREEDORES, EJERCICIO FISCAL 2020
Consulta
Que la liquidación de los partidos políticos locales corresponde a los OPLE, toda vez que tienen la facultad de interpretar las disposiciones aplicables a su Legislación y relativas a las liquidaciones. El Interventor del partido político local, no deberá incorporar en su lista de acreedores del partido en liquidación, los remanentes determinados por el Consejo General correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Que en caso de que, en la publicación del aviso de la lista provisional de acreedores en el periódico oficial del estado de Guanajuato del 30 de enero de 2023, se haya incluido el remanente no ejercido de financiamiento público de 2020 del otrora partido Nueva Alianza Guanajuato, deberá realizar de nuevo la publicación en donde no se incluya dicho remanente.
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