INFORMACIÓN SOBRE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LOS RECURSOS DE LAS ORGANIZACIONES CIUDADANAS
Consulta
Que en virtud de que el registro de los partidos políticos otorgados por el IEM, surte efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio de dos mil veintitrés, tienen la obligación de presentar los informes sobre el origen y destino de sus recursos correspondientes al periodo comprendido del primer día de julio al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés. Que se deben reportar los saldos finales de la Organización de Ciudadanos que le dio origen, debiendo conciliar plenamente la contabilidad a la Unidad Técnica de Fiscalización, para que dicha autoridad les asigne una contabilidad en el sistema de contabilidad en línea, siendo necesario que registren como póliza de apertura los saldos iniciales que tengan en cada rubro y se adjunte la documentación comprobatoria, así como la debida conciliación contra los saldos finales dictaminados por el OPLE; y posteriormente se registre la totalidad de las operaciones y se presenten los informes ya señalados a través de dicha herramienta informática.
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