REGISTRO EN LA CONTABILIDAD DE LA EJECUCIÓN DE LAUDOS DESCONTADOS DIRECTAMENTE DE SU FINANCIAMIENTO
Consulta
Que para comprobar la ejecución de gasto respecto de laudos descontados de su financiamiento local, se deberá presentar la documentación consistente en contratos individuales de trabajo, comprobantes fiscales, copias certificadas de los expedientes y las resoluciones del juzgado, correspondientes a los laudos, así como, estados de cuenta bancarios donde se aprecie el importe descontado por la autoridad jurisdiccional. Que la naturaleza de las retenciones por ejecución de sentencia corresponde al gasto ordinario, al tratarse de prestaciones laborales, y toda vez que el monto de las prerrogativas para actividades ordinarias otorgadas a su representado es suficiente para solventar la ejecución de laudos, no se justifica que el financiamiento público otorgado para Actividades Específicas y el porcentaje reglamentado para Capacitación, Promoción y Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres no sea destinado a los objetivos para los cuales está previsto en términos de la normatividad vigente. Que no existe un procedimiento específico para la ejecución de laudos por parte de las autoridades jurisdiccionales, por lo que será aplicable el proceso de fiscalización para el gasto ordinario. Que es preciso realizar los registros de las provisiones de gastos en su contabilidad con la documentación soporte correspondiente y, una vez que las cuentas bancarias estén disponibles, se deberá realizar el registro de los pagos a proveedores y acreedores, por lo que la incidencia estará acreditada con la presentación de la documentación descrita.
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