COBRO DEL REMANENTE NO EJERCIDO POR EL PARTIDO MORENA.
SE/1145/22
Consulta
Al haberse descontado en su totalidad el remanente determinado en la resolución INE/CG650/2020 al partido político MORENA, por un importe de $12,696,779.45 (doce millones seiscientos noventa y seis mil setecientos setenta y nueve pesos 45/100 M.N.), siendo la última retención en el mes de abril del 2022, al no haber cantidad pendiente de cobro y tomando en cuenta el contenido del Acuerdo INE/CG345/2022, en la parte que interesa se advierte que se deberá actualizar el saldo a reintegrar de manera mensual. 1. ¿Es viable realizar la actualización del monto de remanente del financiamiento público ordinario que le fue impuesto al partido político MORENA en la resolución INE/CG650/2020, el cual ya fue reintegrado en su totalidad en el mes de abril de 2022? 2. En caso afirmativo, ¿A partir de qué mes y/o sobré qué cantidad se realizaría la actualización de manera retroactiva, para fijar el saldo insoluto que deberá reintegrar por parte del partido político MORENA, de conformidad con el factor de inflación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a fin de aplicar el cobro de manera retroactiva al partido político?