PROCEDIMIENTO Y DETERMINACIÓN DE REMANENTES DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO NO EJERCIDO DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2020-2021 Y EXTRAORDINARIO 2021.
00706/2022 Secretaría Ejecutiva
Consulta
"1. Si ya fue aprobado el procedimiento para la determinación de los saldos finales de remanentes de financiamiento público de campaña no ejercido durante el proceso electoral 2020-2021 de los partidos políticos nacionales y locales, así como de los otrora candidatos independientes? 2. En su caso, si ya fue aprobado el acuerdo por el que se determinan los remanentes de financiamiento público de campaña no ejercidos durante el proceso electoral concurrente 202O-2O21 en el estado de Jalisco que deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, o su equivalente en el ámbito local. 3. En caso de ser afirmativo, le solicito comunique a este organismo electoral la información correspondiente a los acuerdos aprobados; lo anterior a fin de contar con información, que nos permita dar seguimiento al cumplimiento de obligaciones relativas al reintegro de remanentes, de conformidad a lo establecido en los lineamientos para el cobro de sanciones impuestas por el lnstituto Nacional Electoral y autoridades jurisdiccionales electorales, del ámbito federal y local; así como para el reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para gastos de campaña, aprobado mediante acuerdo INE/CG61 /2017; así como lo establecido en el acuerdo lNE/CG471/2016 por el que se emiten lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido del financiamiento público otorgado para gastos de campañas en los procesos electorales federales y locales, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-647/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación."