ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA UNA PAUTA DE REPOSICIÓN DERIVADA DE LA SENTENCIA IDENTIFICADA CON EL EXPEDIENTE SRE-PSC 105/2022, CORRESPONDIENTE A OMISIONES EN LAS TRANSMISIONES DE FAVELA RADIO, S.A. DE C.V. Y NEW DIGITAL NX, S.A. DE C.V., CONCESIONARIO Y ARRENDATARIO RESPECTIVAMENTE DE LA EMISORA XHPVA-FM.
INE/ACRT/43/2022
Acuerdo
PRIMERO. Se aprueba la pauta de reposición para su transmisión por parte de New Digital NX, S.A. de C.V., arrendatario de la emisora XHPVA-FM, en términos de las consideraciones señaladas en el presente instrumento, misma que se anexa y forma parte del presente Acuerdo. La vigencia de la pauta es la siguiente: Entidad Siglas Inicio Fin Jalisco XHPVA-FM 22/07/2022 30/08/2022 SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para que notifique oportunamente la pauta correspondiente, así como el presente Acuerdo al concesionario Favela Radio S.A. de C.V. y a New Digital NX, S.A. de C.V., arrendatario de la emisora XHPVA-FM, obligado a reponer los promocionales. TERCERO. Se ordena a New Digital NX, S.A. de C.V. a reponer los promocionales omitidos en los tiempos comercializables o para fines propios, de conformidad con las consideraciones establecidas en el presente instrumento. CUARTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para que notifique el presente acuerdo a los Partidos Políticos Nacionales y a la persona titular de la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Jalisco. Asimismo, a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que notifique el presente instrumento al Organismo Público Local Electoral correspondiente y, por su conducto, a los partidos políticos con registro local. QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para que notifique el contenido del presente Acuerdo a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para que notifique a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cuando se haya efectuado el cumplimiento de la reposición de los tiempos y promocionales omitidos por el arrendatario referido en el presente Acuerdo. Asimismo, deberá comunicarse al órgano jurisdiccional en caso de presentarse un eventual incumplimiento.
- Acuerdos [522]