ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA, AD CAUTELAM, EL DIVERSO INE/ACRT/55/2021 EN VIRTUD DE LA PROCEDENCIA DEL REGISTRO COMO PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES DE LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES FUERZA POR MÉXICO Y REDES SOCIALES PROGRESISTAS, BAJO LA DENOMINACIÓN FUERZA POR MÉXICO NAYARIT Y REDES SOCIALES PROGRESISTAS NAYARIT
INE/ACRT/31/2022
Acuerdo
PRIMERO. Ad cautelam, se modifican las pautas del periodo ordinario correspondientes al primer semestre de dos mil veintidós, aprobadas mediante el diverso INE/ACRT/55/2021, para incluir a Fuerza por México Nayarit y Redes Sociales Progresistas Nayarit, derivado de la procedencia de su registro como partidos políticos locales. En ese sentido, al estado de Nayarit le será aplicable el Modelo de pauta G, correspondiente a las entidades federativas en las que existen cinco partidos políticos con registro local. Lo anterior, con motivo de la interposición de la controversia constitucional que este Instituto presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Decreto emitido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto que se indica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de abril de dos mil veinte, en cumplimiento de la obligación que se tiene de acatar dicho Decreto. La vigencia de las pautas que por este instrumento se modifican es del veinticinco de marzo al treinta de junio de dos mil veintidós. Dichas pautas acompañan al presente Acuerdo y forman parte integral del mismo para todos los efectos legales a que haya lugar. Ahora bien, de los modelos de pauta de autoridades electorales aprobados por la Junta General Ejecutiva, se notificará a los concesionarios de radio y televisión el correspondiente a la difusión del proceso de Revocación de Mando, por lo que entre el ocho de febrero y el seis de abril de dos mil veintidós se asignará el cien por ciento (100%) del tiempo para la difusión del proceso de Revocación de Mandato. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos a que lleve a cabo los trámites necesarios y notifique oportunamente las pautas correspondientes, así como el presente Acuerdo de manera electrónica y ponga a disposición, a través del Sistema de pautas para medios de comunicación, las órdenes de transmisión y los materiales respectivos a los concesionarios de radio y televisión previstos en el Catálogo de estaciones de radio y canales de televisión aprobado y actualizado por este Comité, los cuales participan en la cobertura del periodo ordinario en el estado de Nayarit. TERCERO. Notifíquese de manera electrónica el presente Acuerdo a los Partidos Políticos Nacionales, al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Nayarit y, por su conducto, a las autoridades electorales de la entidad federativa distintas al Organismo Público Local. Asimismo, a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que notifique el contenido del presente Acuerdo al Instituto Estatal Electoral de Nayarit y, por su conducto, haga del conocimiento de los partidos políticos con registro local este instrumento.
- Acuerdos [491]
Pautas de radio periodo Ordinario Primer Semestre 2022 Concesionario comercial Comunicación Integral de Nayarit, S.A. de C.V. (525.8Kb) |
Pautas de radio periodo Ordinario Primer Semestre 2022 Concesionario Público y Social Concesionario Gobierno del Estado de Nayarit. (120.1Kb) |
INE/CG939/2015
INE/JGE34/2020
INE/CG80/2020
INE/JGE205/2019
INE/JGE50/2020
INE/CG90/2020
INE/CG273/2020
INE/CG275/2020
INE/CG506/2020
INE/CG509/2020
INE/CG510/2020
INE/CG687/2020
INE/CG692/2020
INE/JGE97/2021
INE/CG1314/2021
INE/CG1568/2021
INE/CG1569/2021
INE/CG1717/2021
INE/CG1718/2021
INE/CG1719/2021
INE/JGE252/2021
INE/CG1733/2021
INE/CG52/2022