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ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA, POR EL QUE SE RECOMIENDA A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, CONSIDERE COMO VÁLIDO EL COMPROBANTE DE DOMICILIO PRESENTADO POR LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS TEMPORALES MÉXICO-CANADÁ, QUE PRESENTAN LAS SOLICITUDES INDIVIDUALES DE INSCRIPCIÓN A LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.