TRATAMIENTO DE LOS REMANENTES DETERMINADOS EN LAS RESOLUCIONES INE/CG1369/2021 E INE/CG1726/2022 DEL PPL EN LIQUIDACIÓN NUEVA ALIANZA NUEVO LEÓN
Consulta
Que toda vez que, los PPN en liquidación no realizan ningún reintegro de remanentes, puesto que todo el recurso que tienen es para hacer frente a las obligaciones de pago, de acuerdo a lo establecido en el artículo 395, numeral 1 del RF; es dable colegir que los PPL en liquidación, de igual manera que los PPN en liquidación, están exentos de reintegrar remanentes no utilizados, por lo que se deberán de destinar la totalidad de los montos por dicho concepto para hacerle frente a los compromisos en el procedimiento de liquidación. |Que se podrán consultar las sanciones impuestas al otrora partido Nueva Alianza Nuevo León dentro del portal relativo al Seguimiento a Sanciones y Remanentes, que se encuentra en la liga electrónica: https://gestion-inst.ine.mx/sanciones-publica/app/publica?execution=e1s1. |Que es competencia exclusiva del OPLE la ejecución de sanciones impuestas por el INE en materia de fiscalización en el ámbito local; asimismo, el OPLE, con base en los registros en el portal relativo al Seguimiento a Sanciones y Remanentes, conocerá el estado procesal de la sanción. |Que para conocer el estado procesal de las determinaciones por el Consejo General referente a las sanciones impuestas al otrora partido Nueva Alianza Nuevo León, se sugiere realizar dicha consulta al área competente, siendo la Dirección Jurídica.
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