VIABILIDAD DE QUE UN PARTIDO LOCAL SIN FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA ACTIVIDADES ORDINARIAS Y ESPECÍFICAS RECIBA APORTACIONES DE MILITANTES Y SIMPATIZANTES
Consulta
Que, al no contar con financiamiento público local, el Partido Verde Ecologista de México en el estado de Hidalgo no puede acceder al financiamiento privado en su modalidad de financiamiento por la militancia y financiamiento de simpatizantes.|Que es válida la determinación respecto a que, si un partido político no alcanza el umbral de votación, perderá el derecho a recibir financiamiento público y, por ende, a obtener recursos de origen privado, de conformidad con el principio de preminencia del financiamiento público sobre el privado.|Que el partido político consultante sí podrá allegarse de recursos federales para el desarrollo de sus actividades ordinarias y actividades específicas a través de transferencias efectuadas por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México.| Que el artículo 54, numeral 1 de la LGPP, en relación con el artículo 31, fracción II del Código Electoral del Estado de Hidalgo señala quiénes no podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos en esa Entidad, ya sea en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia
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