INE
Agenda Consejeros(as) Transmisiones en vivo
logotipo
Sobre el INE Credencial para votar Cultura Cívica Voto y Elecciones Servicios
logo-ine
  • Agenda Consejeros (as)
  • Transmisiones en vivo
  • Sobre el INE
  • Credencial para Votar
  • Cultura Cívica
  • Voto y Elecciones
  • Servicios
Ver ítem 
  •   Repositorio Documental
  • Áreas Administrativas
  • Unidad Técnica de Fiscalización
  • Consultas
  • Ver ítem
  •   Repositorio Documental
  • Áreas Administrativas
  • Unidad Técnica de Fiscalización
  • Consultas
  • Ver ítem
JavaScript is disabled for your browser. Some features of this site may not work without it.

APLICACIÓN CORRECTA A COBRO DE SANCIONES IMPUESTAS EN DIVERSAS RESOLUCIONES A MORENA NL


Unidad Técnica de Fiscalización

Consulta

2023-01-13

Infracciones y delitos electorales Buscar en Repositorio Documental - INE
Infracciones y sanciones (penas) Buscar en Repositorio Documental - INE

Que mediante acuerdo INE/CG61/2017, en relación con el diverso INE/CG626/2022, se establecieron criterios de aplicación general a observar en el proceso de ejecución de las sanciones a las que los partidos políticos se hagan acreedores. |Que ambas especies de sanciones económicas (multas y reducciones de ministración) pueden ser ejecutadas de manera conjunta, para lo cual la autoridad ejecutora habrá de verificar que el monto total a deducir no exceda el 50% (cincuenta por ciento) de la ministración mensual por concepto de financiamiento público.|Que la ejecución de sanciones dictadas en múltiples resoluciones, de la especie multas,deberá ceñirse al 25% (veinticinco por ciento) y dicho porcentaje podrá ser mayor en caso de que las reducciones de ministraciones representen un porcentaje menor al 25% hasta alcanzar el equivalente al 50% de la ministración mensual del partido político| Que, para el cúmulo de sanciones de la especie reducción de ministración, el monto mensual que se puede retener en el proceso de ejecución de sanciones económicas que se hayan impuesto al partido político, no podrá rebasar el equivalente al 25% (veinticinco por ciento).| Que a efecto de ejecutar de manera conjunta el cobro sanciones ordenadas en multiples resoluciones al partido Morena en el estado de Nuevo León, para el caso de la reducción de ministraciones se deberá efectuar bajo un umbral máximo correspondiente al 25% (veinticinco por ciento) de su ministración mensual por concepto de financiamiento público para actividades ordinarias.

http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/151272

  • Consultas [991]

022-Resp-Consulta-CEENL-Sanciones2.pdf (2.306Mb)

Cita

Cómo citar

Cómo citar

Miniatura

Thumbnail

Gestores Bibliográficos

Buscar en google Schoolar

untranslated

Accesibilidad

Páginas principales

  • Sobre el INE
  • Credencial para votar
  • Voto y Elecciones
  • Actores Políticos
  • Cultura Cívica
  • Trabaja en el INE
  • Internacional
  • Fizcalización
  • Estructura INE
  • Mapa del sitio

Sitios de Interés

  • Central Electoral
  • Norma INE
  • Gaceta Electoral
  • Igualdad
  • Voto en el Extranjero
  • Servicios
  • Código de Ética y Conducta
  • Directorio
  • TEPJF
  • FGR
  • FISEL
  • Sitio anterior del INE
declaracion-accesibilidad Declaración de Accesibilidad WCAG 2.0
logo-igualdad
HRC-equidad-MX

INE

© Derechos Reservados, Instituto Nacional Electoral, México.

Oficinas Centrales

Viaducto Tlalpan No. 100 Col. Arenal Tepepan, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14610, Ciudad de México.

Llamanos

Desde cualquier parte del país sin costo: 800 433 2000.

Desde Estados Unidos sin costo: 1 (866) 986 8306.

Desde otros países por cobrar: +52 (55) 5481 9897.

O también a través de correo electrónico: inetelmx@ine.mx

Inklusion
Loading