ESTADO PROCESAL QUE GUARDAN EL DICTAMEN CONSOLIDADO INE/CG729/2022 Y LA RESOLUCIÓN INE/CG740/2022; PARA RECONOCER ACREEDORES
Consulta
|Que una vez vencido el plazo establecido en el artículo 8 de la Ley de Medios de Impugnación, se resalta que no se cuenta con evidencia de que el Dictamen Consolidado INE/CG729/2022 y su respectiva Resolución INE/CG740/2022 hayan sido impugnados, en lo relativo a la revisión del informe anual de los ingresos y gastos que presentó el otrora partido político Nueva Alianza Guanajuato. |Que en virtud de lo anterior, y al no tener conocimiento de la existencia de la presentación de algún recurso, se puede concluir que tanto el Dictamen Consolidado INE/CG729/2022 como su respectiva Resolución INE/CG740/2022, han quedado firmes. |Que para conocer el estado procesal de las determinaciones aprobadas por el Consejo General, se sugiere realizar dichas consultas al área competente, que es la Dirección Jurídica de este Instituto.
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