TOMA DEL INVENTARIO DE ACTIVO FIJO, LA CUAL DEBERÁ REALIZARSE CUANDO MENOS UNA VEZ CADA DOCE MESES, DURANTE LOS MESES DE NOVIEMBRE O DICIEMBRE DE CADA AÑO
Consulta
Que se sugiere se gire una invitación a la Oficialía Local para que haga constar la imposibilidad física que tiene su partido de cumplir con la obligación de realizar el inventario en el inmueble objeto de la presente consulta.
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